Bases legales concurso Tio Pepe Festival RRSS

BASES DE LA PROMOCIÓN: CONCURSO “SAN VALENTIN TPF”

 

1. EMPRESA ORGANIZADORA

La empresa González Byass S.A. (en adelante GONZALEZ BYASS) domiciliada en C/ Manuel María González 12 – Jerez con N.I.F. A11605276 organiza una promoción que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases.

2. ÁMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL

La promoción se desarrollará en España. Podrán participar en dicha promoción mayores de edad seguidores de RRSS de TPF residentes en España

En todo caso, no podrán participar en la promoción los empleados de GONZALEZ BYASS, ni las personas relacionadas profesionalmente con la organización de la promoción. En el caso de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, ésta perderá el derecho al premio y se procederá a librar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas. Si una persona es excluida, la candidatura de la que forma parte se anulará automáticamente. Asimismo, los participantes deberán ser personas físicas que actúen en su propio nombre y derecho. En consecuencia, no se admitirá la participación a través de agencias y/o cualquier tercero distinto del participante. Se requerirá el DNI al ganador para verificar su verdadera identidad. 

Los perfiles personales en Facebook e Instagram deberán corresponderse a personas físicas reales. GONZALEZ BYASS, podrá declarar nulo el presente concurso si detecta irregularidades en los datos identificativos de los participantes premiados. Igualmente, GONZALEZ BYASS descartará aquellos participantes cuyos datos sean abusivos o fraudulentos.

3. ÁMBITO TEMPORAL

Esta promoción estará vigente desde el día 12 febrero a las 11h hasta el 14 de febrero a las 23.59h.

GONZALEZ BYASS se reserva el derecho de ampliar, anular la promoción o suspenderlo, o bien cambiar alguna(s) de su(s) condiciones si por causas técnicas o de cualquier otra índole ajenas a su voluntad no pudiera cumplir con el normal desarrollo de la misma, según lo estipulado en las presentes bases.

4. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

La participación en el Concurso es gratuita.

Para participar en la promoción, el usuario deberá seguir los siguientes pasos:

- Seguir la cuenta de Instagram (en adelante IG) @tiopepefestival

- Dar Like a la publicación del feed en IG relacionada con la promoción.

- Comentar y compartir la publicación mencionando a una persona, pudiendo comentar tantas veces como se desee.

- Compartir en stories mencionándonos y duplica tus posibilidades (envíanos pantallazo si tienes cuenta privada).

En caso de que alguno de los participantes decida hacer algún comentario en la publicación lanzada para la promoción, deberá tener en cuenta que los comentarios presentados no podrán tener un contenido inapropiado, indecente, obsceno, hostil ni difamatorio, tampoco que promuevan la intolerancia, el racismo, el odio o daño contra cualquier grupo o persona, o la discriminación por motivo de raza, religión, género, nacionalidad, discapacidad, orientación sexual o edad, o que atenten contra el orden público, moral o buenas costumbres.

Los comentarios presentados no podrán incorporar imágenes a menores de 18 años, no deberán asociar el consumo de alcohol a una mejora de rendimiento físico o psíquico, a la conducción de vehículos o al manejo de armas, ni dar la impresión de que dicho consumo contribuye al éxito social o sexual, ni sugerir que tiene propiedades terapéuticas o un efecto estimulante o sedante, o que constituyen un medio para resolver conflictos. Tampoco podrá asociarse el consumo de alcohol a prácticas educativas, sanitarias o deportivas ni tener contenidos denigrantes de la persona, con cualquier aspecto físico o psíquico, que fomente o pueda fomentar cambios en la conducta moral de los menores, que les pueda influir en sus hábitos y predisponerles a cualquier trastorno adictivo.

Los comentarios que GONZÁLEZ BYASS considere impropios serán eliminados y el participante que los haya enviado quedará automáticamente descalificado.


5. PREMIOS

Una vez finalizada la promoción, GONZALEZ BYASS sorteará entre los participantes, cinco (5) entradas dobles para asistir a uno (1) de los conciertos de Tio Pepe Festival 2026, siempre y cuando las entradas para los conciertos no estén agotadas. 

El premio no comprende no incluye gastos de desplazamiento no recogidos en las siguientes Bases hasta el espacio del evento ni de otro tipo, ni consumiciones, ni es canjeable por dinero.

Los premios no son canjeables por dinero. En el caso de no poderse entregar alguno de los premios por cualquier causa imputable a GONZALEZ BYASS, la organizadora podrá sustituirlos a su elección por otros de similares características e igual o superior valor.

6. GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO

Tras la finalización del ámbito de la promoción, se elegirán un total de cinco 5) ganadores de forma aleatoria mediante un sorteo realizado al azar de entre todas las participaciones a través de la plataforma APP Sorteo, los agraciados recibirán una (1) de las cinco (5) entradas dobles comentadas en el punto 5 ‘‘Premios’’, y los seleccionados se comunicarán en una publicación en RRSS el día 16 de febrero.

GONZALEZ BYASS se pondrá en contacto con el participante ganador el 16 de febrero a través de las redes sociales. El ganador, en el plazo de los 5 días naturales siguientes a  la notificación deberá confirmar que acepta el premio mediante el envío de una comunicación por el medio que GONZALEZ BYASS le indique en ese momento. La aceptación será pura y simple.

Si el ganador no contestase en el plazo señalado, o no pudiese GONZALEZ BYASS ponerse en contacto con él, perderá el derecho al premio.

También perderán el derecho al premio, aquellos participantes que no cumplan con lo dispuesto en las presentes bases.


7. INFORMACIÓN FISCAL

De conformidad con la normativa tributaria vigente, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios pueden estar sujetos a retención o ingreso a cuenta.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, GONZALEZ BYASS practicará, en su caso, la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al concursante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 

Los ganadores deberán facilitar los datos necesarios con el fin de que, en su caso, puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, y deberá firmar un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. 

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.  

8. CONSENTIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con el artículo 13 de la sección 2 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el responsable del tratamiento de cualquier dato personal facilitado por Vd. en relación con la presente promoción, es GONZALEZ BYASS, S.A. que dicho tratamiento se lleva a cabo con las siguientes finalidades:

1. Gestionar su participación en la Promoción y comunicarle el resultado.

2. Tramitar la entrega del premio.

3. Gestionar la publicidad de la Promoción y sus resultados por cualquier medio, en los 

La base legal que permite legitimar este tratamiento es la prestación de su consentimiento expreso al participar en la presente promoción.

Asimismo, cuando Vd. nos haya autorizado expresamente para ello, GONZALEZ BYASS, S.A. llevará a cabo el tratamiento de sus datos con las siguientes finalidades:

1. Inclusión del correo electrónico facilitado en la base de datos de GONZALEZ BYASS, S.A. para realizar comunicaciones comerciales periódicas sobre otras Promociones y productos de la Compañía.

La base legal que permite legitimar este tratamiento es la prestación de su consentimiento expreso.

En la presente Promoción, será necesario para el buen fin de la misma que los datos recabados a los participantes y los entregados por quien resulte elegido en el sorteo sean veraces, completos y actuales, a lo que se comprometen los mismos. Si los datos de carácter personal de un ganador en el sorteo fueran inciertos, falsos, incompletos o no fueran actualizados de manera que la identificación del ganador sea imposible por medios razonables, GONZALEZ BYASS, S.A. se reserva el derecho a descalificarlo del sorteo, quedando libre de toda responsabilidad al respecto.

Se comunicarán datos a terceros para poder llevar a cabo las finalidades objeto de este contrato. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos, así como otros derechos, deberá dirigirse a lopd@gonzalezbyass.es , indicando “Referencia Concurso “Dale un Twist al Verano”.

Será responsabilidad exclusiva del participante que los datos facilitados sean correctos, veraces y completos, por lo que, si nos facilitas datos de carácter personal incorrectos, inciertos, incompletos, GONZALEZ BYASS, S.A queda exenta de toda responsabilidad respecto al buen fin de la promoción e imposibilidad de obtención del premio.

Para obtener información ampliada sobre la Política de Privacidad de GONZALEZ BYASS, S.A puede dirigirse al email lopd@gonzalezbyass.es .

9. DERECHOS DE IMAGEN


Todos los participantes en la promoción autorizan a GONZALEZ BYASS a reproducir y utilizar la imagen ganadora al que acompaña su imagen de perfil, nombre y apellidos, en cualquier actividad publi-promocional a través de cualquier medio –escrito o audiovisual-, relacionada directa o indirectamente con la promoción. Los participantes se comprometen a suscribir cualquier documento o autorización que pudieran ser necesarias para dicho uso, sin que la utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, con excepción hecha de la entrega del premio ganado.


10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

El participante acepta expresamente cumplir todas y cada una de las Bases de la presente promoción.
Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de tomar parte en la promoción implica la total aceptación de las presentes bases.

El incumplimiento de alguna de las bases dará lugar a la exclusión del participante del presente Concurso.
En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de alguna de las presentes bases, GONZALEZ BYASS realizará una interpretación atendiendo al espíritu y finalidad para la cual se ha creado la promoción.

Por motivos razonados, GONZALEZ BYASS podrá modificar las presentes bases una vez comenzado la promoción.

Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de las bases por parte de los participantes, dará lugar a la baja automática de estos participantes.

GONZALEZ BYASS no será responsable de aquellas causas, no imputables a ella, que pudiera impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio.
GONZALEZ BYASS quedará eximida de toda obligación o compensación con los participantes, si por causa de fuerza mayor o imperativo legal hubiera de ser anulada o suspendida la presente promoción, situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los participantes.

11. RESPONSABILIDADES

GONZALEZ BYASS no se hace responsable por la imposibilidad de registrar algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales como consecuencia de la facilitación de datos falsos, incompletos o erróneos.

GONZALEZ BYASS no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o pérdida de conexión...) que sean provocadas por una avería en el programa informático debido a un caso de fuerza mayor; ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos), o bien por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías suministradoras del mismo.

GONZALEZ BYASS tampoco es responsable de los fallos que puedan tener lugar en su perfil de Instagram, Facebook o Twitter.

GONZALEZ BYASS no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que pudieran afectar a la participación en el presente concurso y a la entrega del premio.

Asimismo, GONZALEZ BYASS no se responsabiliza del uso indebido del premio realizado por el ganador del mismo.

12. FUERO

Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de estas bases, tanto GONZALEZ BYASS como los participantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Jerez de la Frontera, con renuncia expresa a cualquier otro derecho que le correspondiera o fuero si lo tuvieren.ro si lo tuvieren.